Presidente Francisco Sagasti observará ley de retiro de fondos de AFP y de CTS

El Poder Ejecutivo, generalmente ha observado todas las leyes que devuelven su dinero a la población, y tampoco propone ninguna alternativa al respecto.

El Parlamento nacional aprobó dos leyes; la primera, que permite a los afiliados de las AFP retirar hasta S/17,600 soles de sus fondos individuales y que los afiliados mayores de 40 años que no hayan realizado aportes en los últimos cinco años puedan retirar excepcionalmente hasta el 100% para contrarrestar la crisis económica familiar originada por la pandemia; y la segunda, que faculta a todos los trabajadores, sin excepción, a retirar hasta el 100% de sus CTS hasta el 31 de diciembre de este año.  

Asimismo, el plazo para que el presidente de encargatura Francisco Sagasti firme la autógrafa acaba de vencerse, y en lugar de hacerlo, el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza ayer fue enfático y declaró que el gobierno no aprobará dicha ley, y que más bien, la van a observar:

“Desde el punto de vista del Gobierno vamos a observar ambas leyes. La primera ley está debilitando el sistema de pensiones y presumimos que la norma de retiros AFP tiene visos de inconstitucionalidad porque está afectando fondos de pensiones que son intangibles”, sentenció el titular del MEF.

Waldo Mendoza insistió en su negativa y manifestó: “El Congreso ha aprobado dos leyes para decirle a los trabajadores y pensionistas que saquen su plata, pero lo que no les está diciendo es que saca tu plata para que ya no tengas jubilación, y saca tu dinero para que no tengas una especie de seguro de desempleo”.

“Confiamos que la sensatez de los pensionistas y de los trabajadores supere la insensatez de estas normas. El MEF va a proponer la observación de estas leyes por ser malas y en parte inconstitucionales, pero es una decisión colectiva del Consejo de Ministros que tenemos que discutirlas”, concluyó Mendoza.

Finalmente, una vez que el Ejecutivo observe la autógrafa en lugar de publicarla, el Congreso tendrá la facultad de promulgarla a través de la insistencia; no obstante, el gobierno, también insistiría en obstruir la norma aprobada y por lo visto, recurrirá al Tribunal Constitucional para que se declare su inconstitucionalidad.

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