A alistar la cena navideña y también el brindis respectivo. El propio ministro de Salud, Hernando Cevallos, ha salido a desmentir ese falso rumor de que habría ‘ley seca’ para nochebuena. Toque de queda, reducción de aforo en espacios cerrados, y eventos sociales sí se encontrarán restringidos.
“(¿Se va a dictar una medida de ‘ley seca’ a nivel nacional?) No, de ninguna manera. Entendemos que la gente tiene que brindar” declaró el ministro Cevallos para una radio local. Sin embargo, exhortó hacerlo de manera moderada, respetando el toque de queda de hoy, que irá desde las 11 de la noche hasta las 4 de la madrugada del día siguiente; y a evitar las fiestas y reuniones que concentren gran cantidad de gente.
“No podemos perder la memoria. El verano pasado, justamente una semana después de Navidad y Año Nuevo, tuvimos una segunda ola que nos costó 90 mil peruanos fallecidos y cerca de un millón de contagiados”, agregó el titular del Minsa.
En la víspera a la nochebuena, el ministro de Salud aclaró que las reuniones familiares, de pequeños grupos y preferiblemente con integrantes que viven en la misma casa, sí están permitidas.
“Yo valoro las fiestas de fin de año, pero hay que cuidar a la gente”, recalcó. Lo que si está prohibido es la venta de bebidas alcohólicas y comidas en todas las playas del litoral, de acuerdo al Decreto Supremo N° 186-2021-PCM.
Asimismo, para los que quieran arriesgarse a salir a una fiesta y pensar que no pasará nada cabe recordarles que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1458, las sanciones económicas pueden ir desde los S/ 88 hasta los S/ 440; y si no cancelas la multa en el Banco de la Nación (BN) en los cinco días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado.
Días no laborables
Por otro lado, el Gobierno ha dispuesto que los días viernes 24, lunes 27 y viernes 31 de diciembre del 2021, además del lunes 3 de enero, son considerados como días no laborables para el sector público. Sin embargo, los trabajadores que pertenezcan al sector privado también podrán acogerse a ese beneficio.
Las horas dejadas de laborar por el trabajador serán compensadas en los diez días posteriores o en la fecha que disponga el empleador, de acuerdo a la carga de trabajo.