El Congreso ya está en condiciones para promulgar ley REJA a favor de afiliados de 50 años

0

En vista que ya venció el plazo para que el Ejecutivo observe la “autógrafa”, ahora el Parlamento podrá publicarla para permitir a los varones del SPP jubilarse a los 50 años.

Apenas hace tres días, venció el plazo para que el Poder Ejecutivo observe la ley que permitirá a más de 600 mil varones mayores de 50 años, acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) en las AFP y a retirar el 95% de sus aportes.

Ante ello, el Congreso de la República ya puede promulgar la autógrafa referida, de acuerdo a ley.  

Así lo anunció la Asociación Nacional de Aportantes y Exaportantes (ANAEA-AFP) de las AFP en su cuenta de tuiter, y además pidieron celeridad a la presidenta del Parlamento, María del Carmen Alva.

“El lunes se cumplió los 15 días hábiles para que el Ejecutivo lo pueda observar. Ahora, la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, debe promulgar la Ley REJA como ordena la ley. Una funcionaria que se dice demócrata no solo debe serlo, sino parecerlo. Demuestre con actos su respeto a la ley”, manifestó la ANAEA.

Tuit de ANAEA-AFP

Asimismo, el martes el congresista Juan Burgos Oliveros de la bancada de Avanza País presentó el pedido a la presidenta del Legislativo para la promulgación de la ley REJA. En ese sentido, la ANAEA agradeció el gesto del Parlamentario, y añadieron que están empezando a apoyar al pueblo.

Pedido de congresista Juan Burgos para promulgar ley REJA para varones de 50 años.

En esa línea, la iniciativa legislativa podrá ser promulgada y publicada en el diario oficial El Peruano y se lograría que los afiliados varones de las AFP ya no tendrían que esperar hasta los 55 años cumplidos para solicitar ese derecho, y estarían en las mismas condiciones que las mujeres, que, desde algunos años, a los 50 años cumplidos ya pueden acceder al REJA.

En caso de promulgarse y publicarse la norma, ésta modificaría el literal ‘a’ del artículo 1º de la Ley Nº 30939, que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), así como el artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley del SPP.

La diferencia de cinco años que se establece para cada sexo es discriminatoria y vulnera los derechos fundamentales; por lo que resultaba “necesario su igualdad a una sola edad”, se alegó en la anterior Legislatura.

La Jubilación Anticipada Ordinaria procederá si el afiliado obtuviera una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.

Para acogerse al beneficio, las personas solo deberán justificar seis meses de desempleo, y ya no un año, como actualmente está establecido en la ley. La otra forma de acceder, es para los afiliados que padecen de alguna enfermedad crónica grave, o terminal como el cáncer.

En una pasada legislatura en el Parlamento anterior, el excongresista Josué Núñez Salas, de la Comisión de Economía, sostuvo que “adelantar la jubilación de los 55 a 50 años para el caso de los varones” es necesario “pues las mujeres, a la fecha, pueden acceder al REJA con 50 años, habiendo una clara desigualdad.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *