Docente a ‘dedicación exclusiva’ de la Universidad Enrique Guzmán y Valle, también ejerce como Decano de universidad privada

Un dobleteo irregular. El psicólogo Luis Alberto Palomino Berrios, mientras se desempeña como profesor nombrado a dedicación exclusiva en la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, simultáneamente es profesor principal a tiempo completo y decano en la Universidad Privada de Ciencias y Humanidades (UCH).

El doctor en Psicología Luis Alberto Palomino Berríos ha sido jefe del Departamento de Psicología y Filosofía de la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle y se desempeña en dicha institución pública, como docente ordinario principal a dedicación exclusiva desde el año 1987, hasta la actualidad.

Asimismo, Palomino Berrios, también se desempeña no solo como profesor ordinario principal y a dedicación exclusiva en la Facultad de Ciencias de la Salud, sino, también, ocupa el cargo de Decano en la misma Facultad de la universidad. Incluso el año pasado el doctor Palomino firmó un convenio en su condición de decano, con el Instituto Superior de Especialidades Psicológicas-ISEPS, para fortalecer el programa de psicología de la UCH.

Luis Alberto Palomino Berríos, firmando un convenio en su calidad de decano de la UCH.

A todo esto, surge la pregunta, ¿Un docente nombrado a dedicación exclusiva de una universidad pública, puede desempeñarse también como profesor principal a tiempo completo en otra universidad privada?

¿Qué dice la ley?

La Ley N° 28175, “Ley del Marco del Empleo Público” (LMEP) establece en su articulo 16°, literal b) “Prestar los servicios de forma exclusiva durante la jornada de trabajo, salvo labor docente, la cual podrá ser ejercida fuera de la jornada de trabajo”.

En otros términos, indica que prevalece la obligación de dedicarse de manera exclusiva dentro de la jornada de trabajo a las labores que le asigna la entidad, salvo para el ejercicio de la función docente.

Por ejemplo, según la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), esto significa que un servidor público no podría laborar como docente a tiempo completo en una entidad estatal y a la vez realizar—también a tiempo completo—otra actividad para el Estado o institución privada, porque en ese caso incumpliría la obligación de “dedicación exclusiva al cargo”, tal como señala la citada cláusula.

Asimismo, el artículo 85° de la Ley Universitaria N° 30220 que trata sobre “el régimen de dedicación a la universidad, los profesores ordinarios pueden ser”:

  1. A dedicación exclusiva, el docente tiene como única actividad remunerada la que presta a la universidad.
  2. A tiempo completo, cuando su permanencia es de cuarenta (40) horas semanales, en el horario fijado por la universidad.
  3. A tiempo parcial, cuando su permanencia es menos de cuarenta (40) horas semanales. 
Artículo 85° de la Ley Universitaria N° 30220.

 Así las cosas, a pesar que Luis Alberto Palomino Berrios, en su condición de docente nombrado y a dedicación exclusiva con la categoría de principal en la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, simultáneamente se desempeña como profesor ordinario principal y a tiempo completo en la Universidad de Ciencias y Humanidades (UCH). ¿Acaso eso es posible? ¿estar en dos lugares a la vez dictando cátedras completas? Obviamente que no. En todo caso, habría que establecer ¿en cuál de las dos universidades el doctor Palomino Berrios se toma el día entero para dictar? Eso, sin contar cuánto es el tiempo que le toma dedicarse exclusivamente como decano de la Facultad de Ciencias de la Salud en una universidad privada.    

Relación de docentes de la UCH, en la cual Luis Alberto Palomino Berrios figura como Profesor Ordinario Principal.

Finalmente, ¿qué acciones ha tomado la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, con respecto a esta doble función de un docente, que presuntamente, es incompatible? Recordemos que la rectora Lida Ascensios Trujillo, es responsable de la Universidad Enrique Guzmán Valle, y debe explicar estas oscuras acciones, ya que aquí hay claras irregularidades cometidas por el señor Luis Alberto Palomino Berríos.

Este tema también debe ser atendido por la SUNEDU. Estaremos atentos para ver qué acciones se toman.

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